• SCJN consideró inconstitucional reserva de información confirmada por comisionados del IVAI que fungían en 2013
  • Actuales comisionados Yolli García Alvarez y José Rubén Mendoza Hernández se opusieron a criterio anterior
  • A favor de una postura garantista y de máxima publicidad, desde 2016 ordenaron dar información de la administración del ex mandatario
  • A la fecha se han emitido 13 sentencias donde se determina dar este tipo de información sobre diversos sujetos obligados
  • IVAI se congratula por fallo de la SCJN, acorde con la nueva postura institucional

Xalapa, Ver., 29 de noviembre de 2017.- Luego del fallo emitido este día por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde declara inconstitucional la reserva realizada por la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno del Estado de Veracruz (CGCS) durante la gestión de Javier Duarte de Ochoa sobre la difusión de mensajes sobre programas gubernamentales durante 2010, 2011, 2012 y parte de 2013, y que fue confirmada por el entonces Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), este órgano garante precisa lo siguiente:

1.- La sentencia del IVAI revisada por los ministros del máximo tribunal del país fue emitida el 5 de noviembre de 2013 dentro del expediente IVAI-REV/882/2013/I, cuando el Instituto estaba integrado por los entonces consejeros Luis Ángel Bravo Contreras, como presidente; José Luis Bueno Bello y Fernando Aguilera de Hombre. La resolución puede consultarse en: http://www.ivai.org.mx/resoluciones/2013/IVAI-REV-882-2013-I.pdf

2.- El 12 de octubre de 2016 –todavía durante la administración de Javier Duarte de Ochoa– la actual integración del IVAI conformada por los comisionados Yolli García Alvarez y José Rubén Mendoza Hernández se apartó del criterio emitido por dichos consejeros; en el expediente IVAI-REV/404/2016/I revocaron el acuerdo de reserva de la CGCS y le ordenaron que proporcionara los documentos que contuvieran a detalle el gasto en publicidad oficial del Poder Ejecutivo del año 2015, especificando nombre de los medios de comunicación contratados; si eran locales, nacionales o internacionales; número de contrato; concepto; campañas y montos.

3.- Con esta resolución, los actuales comisionados García Alvarez y Mendoza Hernández se pronunciaron a favor de una postura garantista y de máxima publicidad en consideración del surgimiento de nuevos ordenamientos que rigen la materia, a fin de buscar el mayor beneficio a los gobernados y maximizar el acceso a la información. La sentencia puede consultarse en: http://www.ivai.org.mx/resoluciones/2016/IVAI-REV-404-2016-I.pdf

4.- De la emisión de esta determinación a la fecha se han expedido 13 resoluciones donde el IVAI ha sostenido que dar a conocer los contratos celebrados por los entes obligados con cualquier medio de comunicación, así como la información que se derive de ellos, es transparentar la rendición de cuentas y el actuar de estos ante la sociedad.

5.- Los comisionados en funciones del ahora Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se congratulan de la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la que coinciden totalmente.