INICIATIVA DE LAS Y LOS SENADORES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 102, APARTADO B DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON EL OBJETO DE CREAR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO COMO ÓRGANO CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

En resumen, se reforma el Artículo 102, Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la Defensoría del Pueblo formule recomendaciones vinculatorias, la elección de la persona titular de la Defensoría del Pueblo, así como de los integrantes del Consejo Consultivo, y de los representantes de la Defensoría el Pueblo de las entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, y desaparecen la comisiones estatales de Derechos Humanos.

http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/85287


Opinión de un experto jurista, en relación a la Reforma del Art. 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Buenos días. No tiene razón de ser, el crear otra figura más e inservible a nuestro sistema jurídico. Resta valor y trascendencia a dos instituciones ya establecidas, PGR y CNDH. Estás últimas requieren de una total y plena autonomía para desarrollar lo que se propone como proyecto. No tiene las bases suficientes de los expertos en derechos humanos. Más gasto público al tema de los derechos humanos, e inclusive invasión de facultades jurisdiccionales.

Lo anteriormente comentado, lo sustento con el artículo primero de la constitución política de los estados unidos mexicanos primer artículo en sus tres primeros párrafos, de los cinco que este tiene